¿Qué es el despido disciplinario? Así funciona

Despido disciplinario

El despido disciplinario es un tipo de extinción laboral que se produce cuando un trabajador incurre en incumplimientos graves y culpables, y por ende el empresario decide poner fin al contrato de trabajo. A diferencia de otros tipos de despido, no da derecho a indemnización ni tiene como requisito legal la existencia de preaviso al trabajador despedido.

Generalmente las causas alegadas por el empresario son de corte subjetivo, por ello el ordenamiento jurídico cuenta con una serie de mecanismos legales que defienden los derechos del trabajador ante posibles abusos.

En base a dichos mecanismos, esta decisión puede impugnarse y, de tener éxito, el trabajador podría recuperar su puesto de trabajo o cobrar una indemnización por despido si este se declara improcedente.

En cualquier caso y antes de dar cualquier paso en falso, lo mejor es dejarse asesorar por un especialista y contactar con un abogado laboralista que analice la situación particular y elabore una estrategia concreta para buscar la mejor solución para el empleado.

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Causas del despido disciplinario

Las principales causas del despido disciplinario aparecen recogidas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

Son las siguientes:

  1. Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  2. La indisciplina o desobediencia.
  3. Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
  4. La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  5. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado
  6. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
  7. El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

No obstante, no hay que olvidar que esta lista no es absoluta. Esto quiere decir que los convenios colectivos cuentan en líneas generales con sus propias estipulaciones de faltas graves. En caso de incurrir en alguna de ellas, el empresario podría iniciar un despido disciplinario.

Un despido es disciplinario si se trata de una decisión unilateral del empresario que suponga la extinción de la relación laboral y, lo más importante, que se base en un incumplimiento grave del trabajador.

¿Cómo se comunica este despido?

En este aspecto no existen grandes diferencias y al igual que en otras extinciones laborales, el cese de la relación entre ambas partes deberá comunicarse por escrito. Siempre y cuando, eso sí, no se establezca otra fórmula en el convenio colectivo.

En la carta de despido tiene que aparecer los hechos que motivan la decisión, así como la fecha de efectos. Es muy importante que el trabajador no se deshaga de dicha carta, en caso de que desee impugnarlo posteriormente.

Esta situación puede variar en el caso de que la persona afectada sea representante legal de los trabajadores o delegado sindical. En ese caso se debe instrumentar un expediente contradictorio.

Si no se cumple este procedimiento, el empresario contará con un plazo de 20 días para repetir el despido. Aunque esta vez el empleado se mantendrá dado de alta en la Seguridad Social y no perderá su derecho a percibir un salario.

Consecuencias del despido disciplinario

A diferencia de otras clases de despido, esta extinción de la relación laboral es la más perjudicial para el trabajador ya que no da derecho a ningún tipo de indemnización por despido.

No obstante, las consecuencias del despido disciplinario variarán en función de la calificación del despido, cuya decisión corresponde al Juez designado. Se contemplan estos escenarios:

  • Si el despido disciplinario es calificado como despido procedente, la relación laboral queda extinta y no existe el derecho a indemnización. Aunque el trabajador sí debe cobrar el finiquito tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo, siempre que concurran los requisitos legales para ello.
  • Si el despido disciplinario es calificado despido improcedente, el empresario podrá readmitir al trabajador, si abona los salarios de tramitación, o pagar la indemnización estipulada.
  • Si el despido disciplinario es calificado despido nulo, el trabajador deberá ser readmitido en la empresa, que además tendrá que pagarle los salarios de tramitación.

¿Cómo impugnar el despido?

Los trabajadores que deseen impugnar su despido han de saber que cuentan con un plazo de 20 días para presentar su demanda.  Antes de acudir a los tribunales es necesario pasar por una fase extrajudicial, donde se busca acercar posturas entre las partes. Este intento de conciliación tendrá lugar en el Servicio de Medición, Arbitraje y Conciliación, el TAMIB en el caso de Baleares.

En la demanda se debe indicar:

  • La antigüedad en la empresa y distintos aspectos contractuales como la categoría profesional, salario y lugar de trabajo.
  • La fecha en que tuvo efecto el despido y las razones expuestas por el empresario. Es necesario acompañar esta información de la carta de despido.
  • Su condición de representante legal o la hipotética afiliación a un sindicato

En caso de solicitar la nulidad del despido por aspectos relacionados con la discriminación o con una violación de los derechos fundamentales, no será necesario desempeñar este trámite.

Durante la fase de conciliación el empresario podría reconocer que el despido es improcedente y, o bien pagarle al trabajador la indemnización correspondiente, o bien readmitirlo en la empresa. En cualquier caso, el empresario deberá demostrar que los motivos añadidos en la carta del despido son veraces.

Si la conciliación no sirviera para llegar a un acuerdo, sería el juez quien tome la decisión definitiva y califique el tipo de despido entre los anteriormente mencionados: procedente, improcedente o nulo.

Finalmente, hay que tener en cuenta que tanto el trabajador como el empresario pueden recurrir la sentencia final.

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