El despido objetivo por ineptitud sobrevenida y sus efectos

Despido objetivo por ineptitud sobrevenida

El despido objetivo por ineptitud sobrevenida implica que el empleador puede tomar la decisión de despedir al trabajador cuando se constata que ya no cumple con los requisitos necesarios para desempeñar eficientemente su labor.

Así, la ineptitud sobrevenida es una situación en la que un trabajador, después de haber sido contratado y haber desempeñado satisfactoriamente sus funciones durante un período, experimenta una pérdida de capacidades o competencias necesarias para continuar ejerciendo su puesto.

Este fenómeno está contemplado como una de las causas válidas para el despido objetivo.

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¿Qué es el despido objetivo por ineptitud sobrevenida?

El artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores establece las condiciones bajo las cuales un contrato laboral puede ser extinguido. Una de ellas es la posibilidad de extinción debido a causas objetivas por ineptitud del trabajador.

El contrato podrá extinguirse:

a) Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa. La ineptitud existente con anterioridad al cumplimiento de un periodo de prueba no podrá alegarse con posterioridad a dicho cumplimiento.

Artículo 52.a) del Estatuto de los Trabajadores

La ineptitud sobrevenida puede originarse por diversas razones, como las siguientes:

  • Falta de conocimientos adecuados para desempeñar eficientemente el trabajo asignado.
  • Falta de actualización de habilidades necesarias.
  • Deterioro o pérdida de recursos laborales como destreza, rapidez y capacidad de concentración.
  • Causas físicas o psíquicas que obstaculizan la ejecución de las tareas laborales.

No se puede alegar ineptitud existente antes de la finalización de un período de prueba. Así mismo, las causas de ineptitud previas al cumplimiento de dicho periodo no pueden ser invocadas posteriormente. Este marco legal busca proteger tanto al empleador como al trabajador, estableciendo límites claros.

Requisitos de la ineptitud sobrevenida como causa de despido objetivo

Para que la ineptitud de un trabajador pueda ser motivo de despido objetivo, deben cumplirse varios requisitos esenciales. Los principales son los siguientes.

  1. La ineptitud debe surgir de circunstancias originadas por el propio trabajador, como la pérdida del carnet de conducir en el caso de un transportista. Además, debe ser ajena a la voluntad del trabajador, ya que cualquier indicio de voluntariedad llevaría a considerar el despido como disciplinario en lugar de objetivo.
  2. La ineptitud debe ser sobrevenida, es decir, manifestarse después de la colocación efectiva del trabajador en la empresa, excluyendo situaciones anteriores o durante el período de prueba. También es importante que sea una ineptitud verdadera y no disimulada, de carácter permanente y no ocasional.
  3. La ineptitud sobrevenida debe deberse a la pérdida de facultades del empleado para realizar las tareas específicas de su puesto, excluyendo impedimentos legales ajenos a él o falta de adaptación a novedades técnicas. Si la ineptitud surge debido a un cambio en las funciones del trabajador, no dará lugar a un despido objetivo, ya que no se origina por causas inherentes al trabajador, sino por el cambio de funciones.

Procedimiento para efectuar un despido objetivo por ineptitud sobrevenida válido

En el caso de un despido por ineptitud sobrevenida, la empresa tiene la obligación de comunicar la decisión por escrito al trabajador. Se debe especificar la causa del despido, detallando la ineptitud del empleado para desempeñar sus funciones.

De igual modo, se establece un plazo de 15 días de preaviso del despido. En caso de no cumplir con el preaviso, la empresa deberá abonar una compensación adicional de 15 días en el finiquito.

Indemnización por despido

El trabajador tiene derecho a recibir una indemnización basada en 20 días por año de servicio, con un límite máximo de 12 mensualidades. En casos de períodos laborales inferiores a un año, la indemnización se prorratea de manera proporcional por meses.

Impugnación del despido objetivo por ineptitud sobrevenida

En caso de no estar conforme con un despido objetivo por ineptitud sobrevenida, el trabajador tiene un plazo de 20 días hábiles para impugnar la decisión. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente del despido, aunque se permite iniciar los trámites durante el periodo de preaviso de 15 días.

El procedimiento se inicia presentando una papeleta de conciliación ante el órgano administrativo competente, como el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). La papeleta debe detallar la relación laboral, la ineptitud sobrevenida y los datos de contacto de ambas partes, incluso del abogado si está involucrado.

Una vez presentada la papeleta, el órgano competente cita a la empresa, y durante este proceso, puede haber un acuerdo entre las partes o no llegar a un consenso. Si no se consigue un acuerdo, se procede a la vía judicial, adjuntando el acta que confirma la falta de acuerdo.

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