La cuota de participación y el coeficiente de propiedad son conceptos relacionados, pero no deben confundirse, porque hacen referencia a dos aspectos distintos. Para evitar su uso indistinto, a continuación vamos a explicarte en qué se diferencian.
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Contacte con nosotros¿Qué es la cuota de participación?
Cuando hablamos de la cuota de propiedad, nos referimos al porcentaje de los elementos comunes de un edificio que corresponde a cada piso o local. Esto es determinante para saber cuál es su participación en las cargas de la comunidad, y también en los beneficios de la misma, en caso de que los hubiera.
¿Qué es el coeficiente de propiedad?
Con el coeficiente de propiedad, llamado también cuota de propiedad, nos referimos al porcentaje asignado a cada piso o local una vez que se divide un edificio horizontalmente. Por lo tanto, si se suman todos los coeficientes de propiedad del mismo, el resultado tiene que ser necesariamente el 100%.
¿Qué diferencias hay entre la cuota de participación y el coeficiente de propiedad?
De las diferencias que existen entre la cuota de participación y el coeficiente de propiedad, la más importante es la manera en que cada uno se establece.
Para calcular la cuota de participación, hay que atender a los criterios fijados en el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal, que son los siguientes:
- La superficie útil de cada piso o local con respecto al total del inmueble.
- Su emplazamiento, pudiendo ser interior o exterior.
- Su situación.
- El uso que se prevea que el piso o local va a hacer de los servicios o elementos comunes.
En cambio, para hacer el cálculo del coeficiente de propiedad se tienen en cuenta aspectos técnicos basados en un criterio solo arquitectónico: los metros que tiene el piso o local (esto es, el conjunto formado por su superficie útil y su superficie proporcional de los elementos comunes).
Así pues, como se calculan en base a elementos diferentes, la cuota de participación y el coeficiente de propiedad de un mismo piso o local no tienen por qué coincidir.
Ambos se diferencian también en que la cuota de participación la puede asignar el promotor o el constructor cuando divide el edificio en piso o locales, pero también puede ser establecida o modificada por acuerdo unánime de los propietarios, y también por laudo arbitral o resolución judicial (artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal). Sin embargo, el coeficiente de propiedad solo puede ser asignado por el promotor o constructor al hacer la división del edificio en pisos o locales.
Además, conocer la cuota de participación sirve para algunas cosas que nada tienen que ver con el coeficiente de propiedad. En concreto, para saber el porcentaje de participación de cada piso o local tanto en los beneficios como en los posibles gastos de la comunidad, calcular los votos que tiene cada propietario en la junta y saber cuál es el quórum necesario para constituir la junta de manera válida y llegar a acuerdos.