Cuando uno o más de los herederos está en desacuerdo tiene la opción de impugnar un testamento. Para ejercer este derecho se debe basar en causas legales establecidas en el Derecho Sucesorio.
Se trata de una acción personal que se realiza mediante la justicia con la asesoría requerida de abogado y procurador. Los acreedores o herederos que hayan aceptado la validez no podrán impugnar un testamento.
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Contacte con nosotros¿Cuáles son los principales motivos para impugnar un testamento?
El Código Civil español establece una serie de razones por las cuales se puede proceder a la impugnación de un testamento. Básicamente se trata de:
Ausencia de un heredero forzoso en el testamento
Los herederos forzosos o legitimarios no pueden quedar fuera de un testamento, sino es por motivos expresados por ley. Si esto sucede se comete una preterición, que puede ser:
- Intencional: a sabiendas del derecho del legitimario no lo incluye en el testamento.
- No intencional: por ignorancia el testador no menciona al heredero.
En estas circunstancias, las personas afectadas tienen el derecho de solicitar la nulidad del testamento en la justicia.
Incapacidad del testador
Las personas con las capacidades mentales alteradas que requieren de asistencia pueden ser vulnerables a las presiones de otros al testar. Los herederos excluidos o no conformes pueden impugnar un testamento si consideran que ha sido manipulado en su obrar.
Los casos más ejemplificativos son el nombramiento de un heredero universal por engaño o porque no se le explicó con claridad la posibilidad de testar.
Los menores de 14 años también se pueden considerar como incapaces legalmente para testar.
Incumplimiento legal en la repartición de bienes
Los bienes pueden ser repartidos, según la normativa, en tres tercios:
- Legítima: se divide por partes iguales entre los herederos legitimarios.
- De libre disposición: se distribuye a su voluntad.
- De mejora: se distribuye como lo desee entre los herederos forzoso.
Cuando esta distribución no se cumple, este es un motivo para impugnar un testamento.
Errores de forma en la redacción del testamento
Los tipos de testamento pueden ser abierto, cerrado u ológrafo. Cada uno de estos tiene su propia forma y un incumplimiento en los requisitos formales es motivo de impugnación del testamento.
Algunos defectos que dan lugar a la impugnación son:
- Falta de competencia del notario.
- Carencia de los datos del notario, lugar y fecha de la autorización del testamento.
- Ausencia de la firma del testador.
- En los testamentos ológrafos, la presencia de palabras tachadas sin la correspondiente salvedad firmada por el testador.
¿Cuál es el plazo para impugnar un testamento en España?
El plazo de que disponen los herederos para impugnar un testamento es de 5 años. Este tiempo se contabiliza a partir del fallecimiento del testador o desde que se recibió la copia autorizada del testamento.
¿A quién se interpone demanda en un procedimiento de impugnación de testamento?
Cuando una persona inicia un procedimiento para impugnar un testamento interpone la demanda ante todos los herederos forzosos implicados.
¿Cómo es el procedimiento para impugnar un testamento?
Para iniciar este tipo de procedimiento se requiere de la contratación de un abogado especializado en la materia y un procurador. Es un requisito legal, pero además es fundamental para planificar la estrategia más adecuada a cada caso.
- Los interesados deben presentar una demanda judicial en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio de fallecimiento del testador.
- El juzgado resolverá sobre la admisión a trámite de la demanda.
- La otra parte tiene un plazo de 20 días para contestar la demanda.
- Se realiza una audiencia previa en la cual las partes pueden llegar a un acuerdo.
- Se realiza el juicio en el cual se presentan todas pruebas. Toda la documentación que se pueda recabar es clave en esta instancia. Uno de los roles más importantes será el de los peritos que intervengan.
¿Puede el testador prohibir la impugnación del testamento?
Cuando está comprobado que concurre una nulidad legal, el testador no tiene la facultad de prohibir la impugnación de su testamento. El Código Civil expresa claramente esta prohibición en su artículo 675.
Sin embargo, sí existe una posibilidad que consiste en poner un límite a los efectos que tal impugnación provoque. Esto significa que el testador puede disponer que aquel heredero que impugne el testamento solo reciba lo que legalmente le corresponde.
¿Es lo mismo impugnar un testamento que revocar un testamento?
Es necesario aclarar que revocar e impugnar un testamento no es lo mismo. Hay diferencias claras que se pueden detallar como:
- Revocar consiste en sustituir un testamento por otro, mientras que impugnar un testamento es declarar su nulidad total o parcial.
- El testador es quien revoca un testamento y los herederos quienes lo impugnan.


