En muchas relaciones entre particulares o comerciales llega un momento en el que conviene dejar algo por escrito: que existe una cantidad pendiente de pago y quién debe abonarla. Ahí es donde aparece el reconocimiento de deuda, un documento muy utilizado en la práctica porque ayuda a ordenar la situación y, sobre todo, a facilitar una futura reclamación si el pago no se produce.
Aunque es una figura habitual, no siempre se entiende bien qué valor tiene ni qué efectos puede llegar a producir. Por eso conviene aclarar qué es exactamente, cuándo resulta útil y qué contenido debería incluir.
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Contacte con nosotros¿En qué consiste exactamente un reconocimiento de deuda?
Un reconocimiento de deuda es una declaración por la que una persona admite que debe una cantidad a otra. En otras palabras, el deudor deja constancia de que existe una obligación de pago a favor del acreedor, ya sea por una suma concreta o por una cantidad que pueda determinarse con arreglo a lo pactado en el propio documento.
¿Qué validez legal tiene el reconocimiento de deuda?
El reconocimiento de deuda es una figura con plena validez legal, aunque su alcance concreto dependerá del contenido del documento y de las circunstancias del caso.
Al hilo de este tema, conviene explicar que el reconocimiento de deuda no tiene una regulación legal propia y completa como figura autónoma. Es decir, no existe en la ley un régimen cerrado y específico que lo discipline de principio a fin.
Sin embargo, su admisibilidad se apoya en reglas generales del Código Civil, principalmente en el artículo 1255, que consagra la autonomía de la voluntad, y en la doctrina jurisprudencial. De hecho, el mismo Tribunal Supremo ha tratado esta cuestión en distintas resoluciones, una de ellas, la sentencia 412/2019, de 9 de julio, que explica una idea muy importante: el reconocimiento de deuda no puede desligarse por completo de la causa de la obligación, pero al mismo tiempo tiene una fuerza probatoria propia que favorece al acreedor.
Por todo lo anterior, se puede decir que el reconocimiento de deuda no solo es válido legalmente, sino que es una figura más que consolidada en la práctica legal.
¿Para qué sirve en la práctica?
La utilidad principal del reconocimiento de deuda es muy clara: documentar la existencia de una deuda y facilitar su reclamación.
Cuando el deudor firma un documento en el que admite que debe una determinada cantidad, el acreedor pasa a contar con un respaldo documental especialmente útil. Esto puede ser decisivo si más adelante hay que reclamar el pago por vía judicial.
Además, este documento puede servir como base para reclamar una deuda cuando sea líquida, determinada, vencida y exigible. En determinados supuestos, incluso puede utilizarse dentro de un procedimiento monitorio. También puede resultar útil en expedientes notariales de reclamación de deudas dinerarias no contradichas, siempre que se cumplan los requisitos legales exigidos en cada caso.
A ello se suma otro efecto importante: el de la prescripción. El artículo 1973 del Código Civil establece que la prescripción se interrumpe por cualquier acto de reconocimiento de la deuda realizado por el deudor. Esto significa que, si se produce una admisión clara de la deuda, el plazo vuelve a empezar a contar desde el inicio.
¿Crea una deuda nueva o solo confirma una que ya existía?
Lo más habitual es que el reconocimiento de deuda no cree una obligación nueva, sino que sirva para dejar constancia de una deuda anterior.
Esto ocurre cuando entre las partes ya existía una relación previa: un préstamo entre particulares, una prestación de servicios o una liquidación de cuentas pendiente, etc. En estos casos, el documento funciona como una confirmación escrita de que esa deuda existe.
Por eso, aunque pueda parecer que al firmarlo nace una obligación distinta, normalmente lo que hace es reforzar y documentar una deuda previa. Aun así, el alcance concreto siempre dependerá de cómo esté redactado el documento y de la relación existente entre las partes.
¿Es obligatorio explicar de dónde viene la deuda?
No, la falta de expresión del origen de la deuda no invalida por sí sola el reconocimiento.
Esto se debe a que resulta de aplicación al reconocimiento de deuda la presunción del artículo 1277 del Código Civil, es decir, que la causa se presume existente y lícita mientras no se pruebe lo contrario, tal como ha confirmado el Tribunal Supremo en su sentencia 412/2019, de 9 de julio.
Ahora bien, desde un punto de vista práctico, es preferible hacer constar su origen. No tanto porque sea imprescindible para la validez del documento, sino porque ayuda a dejar bien delimitado el alcance de la obligación y reduce el riesgo de conflicto si más adelante hay que reclamar.
¿Qué datos conviene incluir?
Para evitar problemas posteriores, lo recomendable es que el reconocimiento de deuda sea lo más preciso posible. Lo normal es que incluya, al menos, la identificación completa del acreedor y del deudor, la cuantía adeudada o los criterios para calcularla, la manifestación expresa de que la deuda se reconoce y la fecha del documento.
También es muy aconsejable añadir la forma de pago y el plazo previsto para cumplir la obligación, si es que se ha pactado un calendario concreto. Cuanto más claro quede todo, menos margen habrá para futuras discusiones.
Además, aunque no es imprescindible, es conveniente reflejar el origen de la deuda, como ya se ha visto. Es decir, explicar de dónde viene: de un préstamo, de unos servicios, de una compraventa o de cualquier otra relación previa. Esto aporta claridad y puede evitar controversias posteriores.
¿Tiene que hacerse ante notario?
No, el reconocimiento de deuda no está sujeto a una forma concreta que condicione su validez. Puede formalizarse en documento privado o en escritura pública.
Habitualmente se firma en un documento privado, porque es una opción más sencilla y suficiente en muchos casos. No obstante, elevarlo a escritura pública aporta más garantías y mayor fuerza documental.
Por tanto, ir al notario no es un requisito general de validez, pero sí es una medida recomendable.
¿Cuándo puede ser más útil firmarlo?
El reconocimiento de deuda es especialmente útil cuando la deuda no se discute en lo esencial, pero interesa dejarla documentada para facilitar su cobro. Esto es algo que puede ocurrir en liquidaciones de cuentas entre particulares, regularizaciones de importes pendientes, etc.
En supuestos como los anteriores, entre otros, el documento puede cumplir varias funciones al mismo tiempo: ordenar la situación, fijar plazos, reforzar la posición del acreedor y servir de apoyo si finalmente hay que acudir a la vía judicial o notarial.


