En caso de existir un conflicto laboral entre trabajador y empresa, antes de iniciar un proceso judicial es necesario intentar un acuerdo extrajudicial a través de un acto de conciliación.
Cada Comunidad Autónoma cuenta con un servicio propio de mediación, arbitraje y conciliación, siendo el TAMIB el órgano administrativo encargado de la mediación en las Islas Baleares.
¿Qué es el TAMIB?
Las siglas TAMIB corresponden con la denominación del Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Islas Baleares (Tribunal d'Arbitratge i Mediació de les Illes Balears).
Se trata de un órgano administrativo cuyo objetivo es mediar en un conflicto laboral entre la empresa y el trabajador para intentar lograr una solución a dicho conflicto, ya sea por un despido, reclamación de salarios, accidentes laborales o cualquier otra reclamación laboral.
Este órgano está formado por árbitros y mediadores, que previamente han sido nombrados por las organizaciones sindicales y empresariales de las Islas Baleares.
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Contacte con nosotrosPrincipales funciones del TAMIB
El TAMIB posee básicamente dos funciones:
- Mediación en conflictos laborales tanto individuales como colectivos. En este sentido, el objetivo del TAMIB es buscar un acuerdo entre las partes (trabajadores, representantes sindicales de los trabajadores o empresarios) a través de un acto de conciliación laboral que evite la celebración del juicio.
- Arbitraje entre los representantes de los trabajadores y los empresarios, emitiendo laudos arbitrales que serán vinculantes.
La actuación del TAMIB, en relación con la mediación laboral, es obligatoria y la vía extrajudicial de conciliación supone un requisito previo al proceso judicial.
No obstante, existen ciertos supuestos o temas en los que no será necesario acudir al TAMIB, sino que se puede reclamar directamente a través de una demanda. Algunas de estas materias son:
- Vacaciones.
- Movilidad geográfica.
- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
- Impugnación del despido colectivo por los representantes de los trabajadores.
- Suspensión del contrato.
- Reducciones de jornada por causas objetivas.
- Defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas.
- Derechos de conciliación de la vida familiar y laboral.
- Los que traten sobre Seguridad Social o sobre materia electoral.
- Impugnación de convenios colectivos o de los estatutos de los sindicatos.
¿Cómo funciona el proceso de conciliación en el TAMIB?
El empresario y el trabajador deben intentar llegar a un acuerdo en el acto de conciliación laboral ante cualquier tipo de reclamación.
Para iniciar un proceso de conciliación, y así evitar la celebración de un juicio laboral, es obligatorio presentar una papeleta de conciliación ante el registro del TAMIB.
Tras ello, el TAMIB citará al trabajador y a la empresa en una fecha, hora y lugar para realizar el acto de conciliación. Este acto se celebrará ante un letrado conciliador o un funcionario del TAMIB y también tendrán que acudir un representante de la empresa y el trabajador (o su representante).
Por último, el acto de conciliación en el TAMIB podrá finalizar de las siguientes formas:
- Si se llega a un acuerdo, lo acordado en el acta tiene valor ejecutorio de sentencia (habrá que cumplirlo obligatoriamente).
- Si no se llega a un acuerdo (por no existir acuerdo, o bien por falta de asistencia al acto de la empresa o del trabajador), se podrá iniciar la vía judicial de reclamación y resolución del conflicto.
En cualquier caso, el acuerdo de conciliación podrá impugnarse por las partes ante el Tribunal o Juzgado competente mediante una acción de nulidad por las causas que invalidan los contratos.