¿Cuándo existe usura y qué se puede reclamar?

Usura

La usura constituye una práctica ilegal que conlleva el cobro de unos intereses excesivamente elevados en un préstamo de dinero. Esto implica que las entidades financieras y otros prestamistas pueden obtener una ganancia injusta en base a unos intereses que pueden ser abusivos o usurarios.

Si bien es cierto que los conceptos de interés abusivo e interés usurario guardan cierta similitud, conviene diferenciarlos para emplear en todo momento una terminología correcta y seguir con mayor precisión el desarrollo de este artículo.

  • Se hablará de "interés abusivo" en aquellos intereses de demora o moratorios. Es decir, en la indemnización que paga el deudor al acreedor por el retraso o impago de la deuda.
  • Por el contrario, el concepto de "interés usurario" se asocia a los intereses remuneratorios, relacionados con el precio que hay que pagar por recibir dinero prestado.

En cualquier caso, el término de usura también aparece frecuentemente relacionado con el precio desmesurado de un préstamo, más allá de lo que meramente respecta a los intereses abusivos o usurarios.

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¿Cómo se regula la usura?

Aunque pueda resultar sorprendente, la regulación de la usura se encuentra en una ley con más de 100 años de antigüedad: la comúnmente conocida como Ley de Azcárate, la Ley de represión de la usura de 23 de julio de 1908.

En su texto no se establece con claridad cuándo existe o no usura en un interés, por lo que son los propios Tribunales quienes se están encargando de marcar el grado de aplicación de esta norma hasta el punto de que la jurisprudencia ha terminado por sentar, mediante varias sentencias, lo que se considera usura en España.

Para entender esta ambigüedad a la que se hace referencia, basta con leer el artículo 1 de dicha ley. Dice lo siguiente:

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos

Artículo 1 de la Ley de Usura

A raíz de este artículo surgen una serie de dudas nuevas sobre el concepto de interés que conviene despejar.

¿Qué es exactamente el interés de un préstamo?

La respuesta a esta pregunta es clara. El interés de un préstamo es el precio que se ha de abonar al prestamista por el dinero percibido. Este interés también se conoce como interés remuneratorio.

Existen dos razones que llevan a las compañías prestamistas a cobrar intereses por los préstamos:

  1. La primera es la búsqueda de un beneficio a cambio de perder la parte del capital que supone el dinero prestado.
  2. Compensar un posible impago por parte de la persona receptora del dinero.

¿Y qué es el interés normal del dinero?

En este caso se trata del interés normal o habitual en todas aquellas operaciones de crédito al consumo. De su publicación se encarga el Banco de España, que toma mensualmente estadísticas e información de las entidades de crédito sobre los tipos de interés que utilizan en operaciones activas y pasivas para elaborar este índice.

En este apartado cabe destacar que el interés normal del dinero no es lo mismo que el interés legal del dinero. El primero alude al interés remuneratorio habitual de un crédito al consumo y el segundo es el porcentaje legal establecido en los Presupuestos Generales del Estado.

De hecho este último, el interés legal del dinero, es el tipo utilizado para determinar los intereses de demora que debe pagar el prestatario en caso de incurrir en impagos o retrasos en el abono del dinero.

¿Cuándo existe usura y qué consecuencias tiene en un préstamo?

Tal y como hemos mencionado, el Tribunal Supremo a través de dos sentencias ha sido el encargado de perfilar cuándo existe la usura. Así pues, se consideran excesivos los tipos de interés en los casos que:

  • Superen sustancialmente el interés normal.
  • Exista una desproporción con las circunstancias del caso.
  • Exista una situación de inexperiencia, angustia o de facultades mentales limitadas en la persona que ha solicitado el préstamo.

Consecuencias de la usura

La sanción establecida, tanto por la ley como por el Tribunal Supremo, en lo que a préstamos usurarios refiere se trata de la nulidad de los contratos.

Esto implica que una vez un contrato de préstamo o de tarjeta revolving es declarado usurario, el afectado vendrá obligado a devolver únicamente el principal del dinero prestadosin pagar ningún tipo de intereses.

En caso de que el prestatario ya hubiera devuelto entre intereses y principal una cantidad superior a la cantidad prestada, entonces la entidad financiera deberá devolverle todo lo que haya pagado de más.

Si bien es cierto que este término está asociado a una ley centenaria, en la actualidad el concepto de usura goza de gran actualidad a raíz de la multitud de demandas registradas a nivel nacional por culpa de la comercialización de las tarjetas revolving.

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