En España, existe la posibilidad de divorciarse en una notaría desde el año 2015, siempre y cuando los cónyuges reúnan las condiciones para ello. De lo contrario, la única posibilidad es divorciarse en sede judicial.
A continuación vamos a ver cómo es el divorcio notarial, cuándo es posible y sus ventajas.
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Contacte con nosotros¿En qué consiste el divorcio ante notario?
El divorcio ante notario es el que se tramita en notaría, y no en el juzgado. En este caso, en lugar de haber una resolución judicial aprobando el divorcio, existe una escritura pública.
Como se puede intuir, divorciarse ante notario tiene unas ventajas importantes. Sin embargo, es una opción que no está disponible en todos los casos, sino en los que vamos a ver en el apartado siguiente.
¿Cuándo es posible divorciarse ante notario?
Para divorciarse por la vía notarial, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
- Los cónyuges tienen que divorciarse de mutuo acuerdo, presentando propuesta de convenio regulador.
- Tienen que haber transcurrido al menos 3 meses desde la fecha en que se celebró el matrimonio.
- Los progenitores no pueden tener hijos menores no emancipados o mayores respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas, ni en común ni solo de uno de ellos.
- Si existen hijos mayores de edad o menores emancipados, tendrán que prestar su consentimiento respecto a aquellas medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y vivir en el domicilio familiar.
- La mujer no puede estar embarazada.
- Los cónyuges deben intervenir personalmente en el otorgamiento, aunque es posible divorciarse notarialmente por poderes, si se trata de un poder personalísimo en el que el apoderado es un nuncio. Además, deben estar asistidos por letrado en ejercicio, pero no necesitarán procurador.
¿Cuáles son las ventajas de divorciarse ante notario?
Divorciarse ante notario tiene importantes ventajas, pudiendo destacarse las siguientes:
- Por lo general, es una forma bastante más rápida de divorciarse que por el juzgado. Simplemente, hay que coger día y hora en una notaría y llevar la documentación correspondiente llegado el momento, sin tener que esperar los plazos típicos de los juzgados. Es obvio que cada notaría tiene un mayor o menor volumen de trabajo y que de ello dependerá cuándo se dé cita a los cónyuges, pero los plazos de los juzgados son mucho más largos. Además, los cónyuges pueden decidir acudir a la notaría que deseen, mientras que por la vía judicial hay que presentar la demanda en el juzgado competente.
- El divorcio ante notario se puede percibir como un medio menos tenso que el divorcio judicial. Aunque el divorcio de mutuo acuerdo también se puede llevar a cabo en el juzgado, y de hecho tendrá que hacerse así cuando no reúna los requisitos del divorcio judicial, el paso por el juzgado puede resultar más violento a nivel psicológico para los cónyuges que por la notaría, al tratarse de un lugar asociado a conflictos.
Sin embargo, hay que tener en cuenta también una desventaja, que es que divorciarse ante notario conlleva un coste económico, mientras que el divorcio judicial es gratuito (lo que hay que pagar son los honorarios del abogado y el procurador, pero no hay que pagar nada al juzgado).
En contrapartida, en el divorcio en el juzgado hay que llevar procurador, por lo que hay que pagar sus honorarios a no ser que se tenga derecho a la asistencia jurídica gratuita, mientras que en el divorcio ante notario no hace falta procurador.


