¿En qué casos y por qué conceptos se puede reclamar tras sufrir un accidente de tráfico? Mucha gente desconoce qué es lo que se debe exigir a la compañía aseguradora. Para resolver esta duda, lo explicamos todo detalladamente a continuación.
Lo primero que hay que recordar es que son varios los conceptos por los cuales se accede a una indemnización. Además, cada uno de ellos se rige por sus propias normas o criterios y cuenta con sus particulares requisitos.
Para garantizar al máximo la comprensión de todos ellos, los tratamos por separado. Aunque, al final, la indemnización que pagará la compañía aseguradora es la suma de todos los conceptos implicados.
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Contacte con nosotrosReclamación por daños materiales
Por el concepto de daños materiales se entiende el conjunto de los desperfectos o averías que sufre el vehículo accidentado, sea este un coche, una moto o cualquier otro.
En este caso, las condiciones para que la reclamación sea atendida son:
- Solo puede reclamar los daños materiales el propietario del vehículo, sea este o no el conductor o el asegurado.
- Los daños materiales del vehículo se abonarán solo si se demuestra que la culpa del accidente de tráfico es de un tercero, a menos que el vehículo esté asegurado a todo riesgo.
Para la gestión de estos daños materiales, las compañías aseguradoras han acordado que sea la aseguradora del vehículo contrario (cuando tiene culpa) la que abone la cantidad acordada a la compañía propia.
Esta, después, perita y valora las reparaciones del vehículo afectado. Y, finalmente, paga la reparación.
Normalmente, en los contratos de seguros de vehículos se contempla que, si el valor de la reparación supera el valor del vehículo, la aseguradora declarará el vehículo como siniestro total.
Si esto sucede, es aconsejable conocer el valor de mercado del vehículo. A veces, compensa más exigir la reparación del coche y no aceptar el siniestro total.
Reclamar por lesiones temporales en accidente de tráfico
Si, como consecuencia de un accidente de tráfico, alguien resulta lesionado, tiene derecho a cobrar una indemnización por cada uno de los días que transcurran entre el siniestro y el día en que se recibe el alta médica.
La normativa establece las cuantías a recibir por este concepto, según su gravedad y la situación del accidentado:
- En coma: 100 euros por cada día que pase en esa situación.
- Hospitalizado, pero no en coma: 75 euros por cada día.
- Incapacitado para su actividad habitual, sin estar hospitalizado: 52 euros diarios.
- El resto de días, hasta el alta: 30 euros diarios.
Aquí, al contrario que en la reclamación de daños materiales, no es preciso demostrar la culpa de otro vehículo. Es suficiente con que no se haya podido acreditar que el lesionado sea el culpable del accidente.
La reclamación por gastos y otros daños
En este concepto caben dos tipos de costes indemnizables. Por un lado, tenemos aquellos gastos que ha originado el accidente por daños en objetos que se llevaban en el vehículo o que llevaba consigo la propia persona.
Por ejemplo, los cascos en el caso de las motos, el teléfono móvil, el ordenador que iba en el vehículo, las gafas o la ropa.
Para recibir esta indemnización es imprescindible aportar las facturas de esos objetos.
Por otro lado, también se puede reclamar una indemnización por los gastos añadidos que provoca el accidente de tráfico. Por ejemplo, los gastos médicos, los gastos de desplazamiento a los centros médicos o el posible alquiler de otro vehículo para las actividades habituales.
Reclamación por secuelas en caso de accidente de tráfico
Se trata de lesiones que, tras el alta médica, se mantienen a lo largo del tiempo y no desaparecerán a medio plazo. Serían las grandes cicatrices o los dolores persistentes o crónicos. Ahora bien, no se consideran secuelas las marcas que desaparecen con el tiempo o las molestias que perviven tras una operación que acabarán desapareciendo.
Las secuelas deben ser recogidas en el informe de alta médica y han de ser confirmadas por un perito médico. Por su complejidad, esta indemnización es más complicada de calcular que la de las lesiones temporales. Por esa razón, se han creado unos baremos públicos que contemplan toda la casuística.
Estos baremos permiten tener en cuenta la propia lesión, pero también las circunstancias del lesionado, como su edad o su capacidad para trabajar cuando sucedió el accidente.
Reclamación por otros perjuicios
Es muy frecuente que el accidente dé lugar también a otros perjuicios de tipo económico o patrimonial. En este concepto se incluye, por ejemplo, la pérdida de ingresos en el negocio o en la actividad profesional a consecuencia del accidente.
También es el caso de los descuentos en la nómina por estar de baja laboral durante la convalecencia o cualquier otro quebranto económico que el accidente provoque.
Estos son los conceptos más habituales indemnizables como consecuencia de un accidente. No obstante, la casuística es bastante más compleja.
Por eso, para saber exactamente qué se puede reclamar en cada caso concreto de accidente de tráfico, es mejor consultar a un abogado especialista en la materia.