¿Qué diferencia hay entre la custodia y la patria potestad?

Diferencia entre la custodia y la patria potestad

La patria potestad y la custodia son dos conceptos que guardan relación entre sí, pero se refieren a funciones distintas. A continuación vamos a explicar en qué consisten y cuáles son sus diferencias.

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¿Qué es la custodia?

La guarda y custodia, llamada habitualmente solo custodia, se refiere al conjunto de las decisiones cotidianas que hay que tomar en relación con el cuidado y la asistencia a los hijos menores de edad no emancipados. Por lo tanto, le corresponde solo a aquel de los progenitores que vive con ellos.

Este tipo de decisiones están relacionadas con aspectos que afectan al día a día, como la ropa, la alimentación, los horarios de estudio, etc.

¿Qué es la patria potestad?

La patria potestad hace referencia al conjunto de deberes y facultades de los padres sobre los hijos menores de edad no emancipados. Corresponde a los dos progenitores, a menos que a alguno de ellos se le haya privado judicialmente de la misma.

Entre las funciones propias de la patria potestad se encuentra el cuidar de los hijos, administrar sus bienes, decidir sobre su educación, etc.

¿Qué diferencias existen entre la custodia y la patria potestad?

Existen varias diferencias entre la custodia y la patria potestad de los hijos:

  • La patria potestad corresponde a ambos progenitores, mientras que solo tiene la custodia aquel que vive con sus hijos.
  • La custodia forma parte de la patria potestad, por lo que la primera conlleva necesariamente la segunda, pero no ocurre igual a la inversa (tener la patria potestad no supone tener la custodia de los hijos).
  • Solo es posible perder la patria potestad por causas muy graves, como puede ser la comisión de ciertos delitos. En cambio, se pierde la custodia simplemente porque el juez se la conceda al otro progenitor, por tener una situación más adecuada para vivir con el menor, o a otras personas en su caso.
  • Cuando dos personas que tienen hijos menores no emancipados en común terminan su relación de pareja, se debe decidir sobre su custodia, en el proceso de divorcio o separación, o bien en el de medidas paternofiliales (dependiendo de si están casados o no). Pero no hay que tomar decisión alguna sobre la patria potestad, porque los dos progenitores la conservarán si no hay nada que entorpezca su ejercicio (lo que no obsta a que se refleje en el convenio o sentencia que ambos la mantienen).
  • Perder la patria potestad conlleva siempre perder la custodia de los hijos, pero, normalmente, cuando se pierde la custodia no sucede igual con la patria potestad.
  • Las decisiones propias de la patria potestad deben ser consensuadas entre los dos progenitores, y si hay alguna diferencia al respecto, hay que acudir al incidente de patria potestad. Sin embargo, las decisiones de la custodia competen solo a aquel progenitor que la tiene. Si se trata de una custodia compartida, tomará la decisión aquel de los progenitores que tenga en ese momento a su hijo viviendo con él.
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