¿Qué es la guarda y custodia y qué tipos existen?

Guarda y custodia

El régimen de guarda y custodia es uno de los aspectos más importantes que deben acordar los cónyuges o miembros de la pareja como consecuencia de un proceso de separación o divorcio.

Se trata de determinar con quién deben convivir los hijos menores y los mayores necesitados de especial protección, y se puede elegir entre varias opciones, en función de las circunstancias de la familia.

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¿En qué consiste la guarda y custodia?

Cuando se rompe la convivencia familiar con motivo de un proceso de separación o divorcio, uno de los aspectos a regular es con qué progenitor van a convivir los hijos menores de la pareja y los mayores respecto de los cuales existan medidas de apoyo establecidas judicialmente con cargo a sus padres.

La guarda y custodia se complementa con la concreción de un régimen de comunicación y estancia a favor del progenitor al que no corresponda la custodia, cuando proceda.

Para la adopción de las medidas sobre guarda y custodia de los hijos, es irrelevante que los progenitores estén o no casados, ya que es un aspecto que regula la relación con los hijos, y eso les afecta en todo caso.

La guarda y custodia es un concepto que a menudo se confunde con el de patria potestad, pero no son lo mismo:

  • La guarda y custodia hace referencia a la convivencia diaria con los hijos, durante la que se toman decisiones de menor importancia relativas al día a día, y que no precisan del consenso entre los progenitores.
  • La patria potestad es un deber de los progenitores en relación con los hijos, y surge desde el mismo momento del nacimiento. Corresponde a ambos progenitores por igual, independientemente de quién ejerza la custodia, y les obliga a tomar decisiones en común sobre aspectos especialmente relevantes en la vida de los hijos (educación, religión, administración de los bienes, salud, etc.).

La patria potestad se puede perder por motivos graves regulados en la ley, y la pérdida de la patria potestad también conlleva la pérdida de la custodia.

¿Qué tipos de guarda y custodia existen?

Existen varios tipos de regímenes de guarda y custodia que permiten adaptarse a las circunstancias de la familia, sean cuales sean.

A grandes rasgos, la custodia puede ser exclusiva, a favor de uno de los progenitores, o compartida, donde los tiempos de convivencia se reparten entre ambos. Además, la custodia compartida puede adoptar distintos sistemas donde el equilibrio entre los tiempos varía.

Concretamente, los regímenes de custodia más conocidos son:

La custodia exclusiva

Con la custodia exclusiva, la convivencia con los hijos se atribuye a uno de los progenitores, y el otro, llamado progenitor no custodio, tiene un régimen de estancias, visitas y comunicaciones con ellos, que suele consistir en contacto en días sueltos durante la semana y estancia con pernocta durante un fin de semana cada 15 días, además de las comunicaciones correspondientes sin verse personalmente.

Es el régimen más adoptado cuando uno de los progenitores no tiene la misma disponibilidad que el otro para atender a los hijos, lo que puede ocurrir a causa de los horarios de trabajo, si el trabajo exige viajes frecuentes, etc.

La custodia compartida 50/50

La custodia compartida 50/50 supone el reparto equitativo de los tiempos de convivencia entre los progenitores, normalmente consistente en semanas alternas, de viernes a viernes o de lunes a lunes.

Normalmente se acuerda que la recogida y devolución de los niños se haga a la salida del colegio, lo que resulta más fácil para los progenitores y más natural para los hijos.

La custodia compartida 2-2-3

La custodia compartida también reparte los tiempos de manera equitativa, pero evita que pasen demasiados días seguidos sin que los niños vean a uno de los progenitores.

En concreto, el reparto se hace en función del esquema de 2-2-3 días: pasan 2 días con un progenitor, 2 con el otro, y el fin de semana de 3 días, con el primero. La semana siguiente se repite el esquema, pero cambian de progenitor en el fin de semana.

Así, cada semana los niños estarán 2 días seguidos con un progenitor y 5 días seguidos con el otro. En un cómputo de 15 días, los tiempos que conviven con ambos progenitores son iguales.

Tiene la ventaja de que los días entre semana siempre son iguales, ya que los lunes y martes los pasan siempre con el mismo progenitor, y los miércoles y jueves con el otro. Esto facilita la asistencia a actividades extraescolares y marca un esquema fijo para los niños, lo que les da estabilidad.

Como desventaja está el hecho de que los cambios de domicilio son más frecuentes que en el caso de la custodia compartida por semanas alternas.

La custodia compartida 70/30

No siempre la custodia compartida tiene que suponer un reparto exacto de los tiempos. Hay más opciones que se pueden adaptar a las familias para las que no es posible un reparto igualitario pero tampoco se quiere adoptar un régimen de custodia exclusiva.

Para esos casos, existe la opción del régimen de custodia 70/30, por la que uno de los progenitores convive más tiempo que el otro con los niños, pero no se llega a una custodia exclusiva.

Normalmente, el reparto consiste en atribuir a uno las dos terceras partes del tiempo y al otro el resto.

Existen varias versiones para este sistema:

  • Fines de semana: los niños pasan con el mismo progenitor todos los fines de semana. La desventaja es que los padres no disfrutan por igual de tiempo libre con los hijos.
  • Una semana de cada tres: se reparten los tiempos de 3 en 3 semanas, de modo que pasan 2 seguidas con un progenitor y una con el otro. El problema es que los hijos pasan demasiado tiempo sin ver a uno de sus progenitores.
  • Un día de cada tres: es lo mismo, pero en lugar de por semanas, por días. Como desventaja, supone cambiar demasiado de domicilio durante la semana, y además cada semana es diferente, lo que hace difícil organizar el propio tiempo.
  • Fines de semana alternos 5-2: con este sistema, los niños están con un progenitor 5 días y con el otro 2 días cada semana, pero no son días fijos, sino que van variando, lo que les da la oportunidad a ambos progenitores de disfrutar fines de semana con los niños. El problema es que puede ser un poco caótico y requiere muy buena comunicación entre todos.

La custodia distributiva

La custodia distributiva o partida supone atribuir a cada progenitor la guarda y custodia de algunos hijos, pero no de todos.

No se aconseja esta solución, ya que no es recomendable separar a los hermanos. Sin embargo, puede darse en ciertos casos excepcionales.

Otros tipos de custodia

Esta relación de regímenes de custodia no es una lista cerrada, ya que no hay ningún impedimento a que los progenitores se pongan de acuerdo en cualquier otra forma de reparto, aunque deberán tener siempre en cuenta el interés superior de los menores, ya que, de no ser así, puede no recibir la aprobación del juez.

Por ejemplo, en los últimos tiempos se está adoptando también la custodia compartida progresiva, que supone empezar con un régimen cercano a la custodia exclusiva para ir aumentando progresivamente los tiempos hasta llegar a una custodia compartida equitativa.

Esto es aconsejable cuando los niños son muy pequeños, de modo que la custodia se va adaptando a su crecimiento, y evita tener que acudir a los tribunales cada poco tiempo para modificarla.

También existe la custodia compartida nido, en la que son los padres los que van y vienen de la vivienda familiar según si les corresponde convivir con sus hijos ese tiempo o no, mientras que los hijos viven siempre en ella.

Sea cual sea la custodia elegida, lo primordial es que sea la forma más adecuada para los hijos, cuyo interés es el más necesitado de protección.

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