La custodia monoparental de los hijos tras una separación o un divorcio

Custodia monoparental

La custodia de los hijos es, sin lugar a dudas, la cuestión que más preocupa a las personas que se encuentran o prevén encontrarse en un procedimiento de separación o divorcio.

En líneas generales, estas son las posibilidades que hoy existen:

  • La custodia monoparental: se le atribuye solo a uno de los progenitores.
  • Custodia compartida: es atribuida a ambos progenitores, en igualdad de condiciones.
  • La custodia distributiva: se distribuye de manera más o menos equilibrada entre los dos.
  • La custodia atribuida a un tercero: es común que, en determinadas circunstancias, se atribuya la custodia a los abuelos, a los tíos o a otros parientes.

En este artículo, nos centramos específicamente en la primera de las alternativas: la custodia monoparental.

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¿Cómo se ejerce la custodia monoparental?

En los casos de custodia monoparental o individual, la convivencia y el habitual cuidado habitual de los hijos es responsabilidad de uno de los progenitores. 

De manera más común esa custodia monoparental se viene atribuyendo a la madre (custodia materna).

No obstante, hoy en día están aumentando los casos en los que los jueces consideran que la custodia compartida es la más beneficiosa para los niños. Aunque aún siguen siendo más numerosos los casos de custodia exclusiva para la madre.

El progenitor custodio y el progenitor no custodio

En el contexto de una custodia monoparental, hay que hablar del progenitor custodio y del progenitor no custodio.

El primero es el que más contacto y relación mantiene con los niños. Y también suele ser el que tiene atribuido el uso de la vivienda familiar, excepto que los progenitores acuerden otra cosa y lo apruebe el juez.

En cuanto al progenitor no custodio, se le reservan estos derechos:

  • Visitas: normalmente, el progenitor no custodio puede visitar, sin quedarse a dormir, dos veces a la semana. Siempre, eso sí, que no se perturben las rutinas de los hijos.
  • Comunicaciones: en este sentido no hay límites, salvo los que tienen que ver con las actividades de los niños.
  • Estancias: asimismo, podrá estar y dormir con ellos los fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones.

La custodia monoparental con acuerdo

Esta es, sin lugar a dudas, la mejor opción. Siempre es preferible el mutuo acuerdo, pensando en el bienestar de los hijos, que la discusión. Esto, además, resulta mucho más económico.

Por supuesto, el acuerdo es también posible para la custodia monoparental. En este supuesto, se le atribuye la custodia solo a uno de los dos y se establece un régimen de visitas y el pago de una pensión alimenticia para el otro.

El acuerdo se materializa a través de un convenio regulador, que tendrá que ser aprobado también por el Ministerio Fiscal. Este organismo, en concreto, se encarga de velar por los beneficios de los menores. Y, finalmente, dicho convenio lo tiene que aprobar el juez.

La custodia monoparental sin acuerdo

Lamentablemente, ese deseable acuerdo no siempre es posible. En esos casos, lo que hay que hacer es iniciar un procedimiento judicial para solicitar la custodia monoparental.

Se trataría de un procedimiento de divorcio contencioso, y en la demanda se podrá pedir y fundamentar ese régimen de guarda y custodia en particular.

De manera general, estos son los pasos que, entonces, dará el juez:

  1. Pedir un informe al Ministerio Fiscal.
  2. Escuchar al menor, si tiene edad suficiente.
  3. Examinar las pruebas y alegaciones de las dos partes.
  4. Evaluar las relaciones que tienen los progenitores con sus hijos y entre sí.

Teniendo en mente todo esto y siempre poniendo por delante el interés y el bienestar de los niños, el juez tomará la última decisión.

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